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Mi cuestión es la siguiente:
estoy en un piso de alquiler para los jóvenes de la comunidad de Madrid hace 2 años con opción a compra a los 7 años (entregados los primeros en julio de 2009 ). Desde esa fecha a día de hoy hay inquilinos que han dejado el piso, y la noticia que tengo es que si dejas el piso antes de los 7 años no te devuelven la fianza (se cumplen los 7 años en julio de 2016) eso es legal que no te devuelvan la fianza?
gracias y un saludo.
Hola Dawson:
Para responder a su pregunta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le sugiero que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si se puede dejar el piso cuando uno quiera en el transcurso de los 7 años. Se rellena un impresa renunciando a él y se tramita a la comunidad de Madrid, pero en los casos que he oido no se devuelve la fianza, y es lo que no entiendo. Haber si por aquí le ha pasado a alguien algo parecido.
Si tienes un contrato de 7 años me extraña que solo se queden la fianza?
no demandan por incumplimiento de contrato? Seria lo normal.
legal que no te devuelvan la fianza es, si lo pactas como indemnización; claro que si no lo aceptas y te demandan, te va a salir muuucho mas caro.
pablo.