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Luis Gusmao

inquilino/a

Devolución fianza, arrendador en suspensión de pagos
Soy el arrendatario, contrato del 2011, fianza 600? depositada en el IVIMA (tengo copia del resguardo).

El arrendador es una sociedad que entró en concurso de acreedores. Hemos rescindido el contrato el 31 de Agosto (contrato del 2011), la rescisión firmada por ambas partes, el piso confirmado por el arrendador que no tiene ningún desperfecto (lo cual consta en la rescisión). Ya se han cobrado los últimos suministros de agua, luz y gas y se lo hice saber al arrendador. He pagado la mensualidad siempre (y puntualmente) a la cuenta bancaria del arrendador.

Pasadas 5 semanas de la rescisión, no me devuelven la fianza. La reclamo y me dicen que no pueden hacer nada, porque la empresa está en suspensión de pagos. El administrador concursal tampoco se entiende del tema.

1. Entiendo que la fianza no es activo de la empresa en ningún momento, por tanto no tengo que ponerme en la cola de acreedores, estoy correcto?
2. A quien envío el burofax para reclamar la fianza, a la empresa (que a lo mejor ya ni tiene sede) o al administrador concursal?
3. El documento de rescisión especifica que la fianza se devuelve solamente después que el IVIMA se la devuelva al arrendador. Esto es válido? Cuanto tiempo tempo que esperar para reclamarla, primero por burofax y en ultimo caso para abrir el proceso?
4. El proceso es viable?
5. Es conocido algún tipo de apoyo al arrendatario por parte del IVIMA en estos casos?

Gracias.
  • Preguntado por: Luis Gusmao
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Luis Gusmao

    inquilino/a

    Pholmo, muchas gracias por su tiempo.

    Tal como se ha firmado en la rescisión, debo esperar a que el ivima devuelva la fianza al arrendador. Pero legalmente, el arrendador puede presentar la solicitud cuando le dé gana?

    Lo que me preocupa es que nadie se entienda de solicitar la devolución. O en el peor de los casos, que alguien de la empresa la solicite sin conocimiento del administrador concursal y de mala fe no la devuelva, pues dudo que el ivima realice algún tipo de verificaciones sobre la actual suspensión de pagos de la empresa (la rescisión se hizo con un representante de la empresa, con el VB del administrador concursal).

    El ivima no me informa del estado de la fianza, dicen que tengo que hacer un requerimiento extraordinario, someterlo a evaluación.......

    Cuanto tiempo debería esperar yo? Como puedo presionarles, de forma efectiva? Por teléfono/email nadie hace caso....

    Gracias.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Luis Gusmao: 1.- Efectivamente se puede interpretar que la fianza no forma parte del activo de la empresa, ya que se trata de un depósito en garantía y por lo tanto el dueño es vd. 2.- Al administrador concursal o a quien firmó con Vd. la resolución de ese alquiler. Yo no haría ese gasto sin saber sobre seguro que me van a devolver la fianza. 3.- Si Vd. lo ha admitido así en el documento de resolución es válido, sin embargo yo no aconsejaría un pleito contra una empresa que está en concurso de acreedores. 4.- Viable si, pero puede durar años. 5.- Pienso que el IVIMA   "se lava las manos" en ese asunto. Mejor sería que tratara de convencer al administrador concursal de lo que se dice en 1.-
    Pedro Hernández del Olmo, abogado Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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