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Jose_AS

inquilino/a

¿Devolución del depósito por parte de la agencia al terminar el contrato de alquiler?

He terminado mi período de alquiler por un año a través de una agencia. Avisé con más de 30 días de preaviso que no iba a continuar con la vivienda y hace unos días me llamaron para fijar el día de entrega de llaves, y que tenía que esperar 30 días para recuperar la fianza por si había un desperfecto (según establece artículo 36 de la LAU). Por otro lado, antes de firmar tuve que dar un depósito a la agencia adicional ya que no disponía de aval, y se me comentaron que este depósito se demoraba 60 días en devolvérmelo por el artículo 34.1 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago; aunque en mi contrato de condiciones particulares especifica que se me devolverá al finalizar el contrato de arrendamiento.

He intentado informarme sobre dicha ley pero no lo entiendo muy bien, realmente he de esperar 60 días para recuperar ese dinero? Si no me lo ingresan, tengo posibilidad de reclamar tras 60 días?

Gracias.

  • Preguntado por: Jose_AS
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Rocu ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Sonny

    inquilino/a

    Hola,

    entiendo que para la fianza, sí que pueden llegar a tardar 1 mes o más en devolverla? Ya que, por ejemplo en Madrid, el IVIMA indica un plazo de devolución de hasta 1 mes desde que se hace la solicitud de la misma, no?
    Si además de la fianza, se entregó un depósito. Hay alguna regulación al respecto para la devolución del mismo ? Entiendo que si ambas partes firman que el depósito se devuelve en la entrega de llaves o después de 1 mes, el arrendador debe cumplir lo firmado?
    Si una vez firmado que el depósito se devuelve al entregar las llaves, si el arrendador se negara a hacerlo, debo devolver las llaves? O debo quedármelas en mi poder hasta que cumpla lo pactado?
    Gracias.
    • Respondido por: Sonny
    • Hace 9 años
  • Rocu

    inquilino/a

    A mi me paso lo mismo ayer. En un plazo de 30 dias me devolveran la fianza. Me parece increible!

    • Respondido por: Rocu
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me suena a 'cuento chino' esa referencia a la Ley de servicios de pago. Una vez que tenga firmada la resolución de contrato reclame la devolución de la fianza legal y adicional anunciando su reclamación judicial.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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