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He terminado mi período de alquiler por un año a través de una agencia. Avisé con más de 30 días de preaviso que no iba a continuar con la vivienda y hace unos días me llamaron para fijar el día de entrega de llaves, y que tenía que esperar 30 días para recuperar la fianza por si había un desperfecto (según establece artículo 36 de la LAU). Por otro lado, antes de firmar tuve que dar un depósito a la agencia adicional ya que no disponía de aval, y se me comentaron que este depósito se demoraba 60 días en devolvérmelo por el artículo 34.1 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago; aunque en mi contrato de condiciones particulares especifica que se me devolverá al finalizar el contrato de arrendamiento.
He intentado informarme sobre dicha ley pero no lo entiendo muy bien, realmente he de esperar 60 días para recuperar ese dinero? Si no me lo ingresan, tengo posibilidad de reclamar tras 60 días?
Gracias.
Hola,
A mi me paso lo mismo ayer. En un plazo de 30 dias me devolveran la fianza. Me parece increible!
Me suena a 'cuento chino' esa referencia a la Ley de servicios de pago. Una vez que tenga firmada la resolución de contrato reclame la devolución de la fianza legal y adicional anunciando su reclamación judicial.
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