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quiero saber si puedo dejar de pagar el mes en que me voy,ya que pague un mes de fianza al entrar
Hola emir:
coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
reciba un cordial saludo.
Todo ello siempre y cuando la marcha se realize, previa notificacion fehaciente de un mes, en la finalizacion del contrato o de sus prorrogas o bien se haga en virtud de una clausula de desistimiento anticipado debidamente pactada en el contrato, con las consecuencias que la misma determine.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
tiene que pagar cada mes, sin descontar la fianza, ésta la recibirá si no hay nada que descontar, en el término de un mes desde la entrega de llaves.