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Rocio

inquilino/a

Devolución de fianza
Hola, me gustaría que me pudierais asesorar sobre la devolución de fianza. Firmé un contrato de alquiler el pasado 1 de octubre para un año en el cuál hay una cláusula en la que se estipula que si me voy del piso antes de tiempo, tendría que indemnizar al propietario con la cuantía de una mensualidad ( fianza entregada a la firma del contrato)  dividida entre esos 12 meses , quedándose el propietario con la cuantía  correspondiente al resto de los meses que faltan. Mi contrato es un contrato privativo y me consta qie la fianza no esta registrada, por tanto no sería del todo legal. Podría entonces exigir a mi casero la devolución íntegra de la misma?
  • Preguntado por: Rocio
  • Hace 6 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Mi contrato es un contrato privativo y me consta qie la fianza no esta registrada
    No sé qué quiere decir con que su contrato es "privativo" y aunque la fianza no esté ingresada en la Comunidad autónoma, no le resta validez.
    Si usted se va a los 6 meses, la indemnización que tendrá que pagar es 6/12 partes de la fianza, y si se va a los 9 meses, 3/12 partes.  Siiempre, claro está, que haya avisado previamente con 30 días de antelación.
    Esa formula de calcular la indemnización es totalmente legal para contratos de arrendamientos de vivienda.
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