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Hola,
llevo 1 año y 8 meses en un piso de alquiler y ahora me interesaría dejarlo. No tengo claro si deberia indemnizar al propietario o simplemente si deberia avisar con 30 dias de antelación. Tengo la siguiente cláusula:
1. El plazo de duración del contrato es de 1 año prorrogable a volunttad del arrendatario con periodos anuales sucesivos hasta 5 años en total, conforme con lo previsto en el articulo 9 de la LAU.
No he encontrado ninguna otra cláusula donde se especifiquen condiciones de baja o preaviso.
Si marcho ahora, ¿debería indemnizar al propietario o simplemente con los 30 dias de preaviso es suficiente? Pregunté a 2 administradore y obtuve respuestas diferentes :(
Gracias
Buenos días:
Con la información que señala, y si no existe ninguna otra cláusula que establezca la posibilidad de resolver el contrato, entiendo que tiene la obligación de cumplir los términos de dicho contrato. Esto es mantenerse en el alquiler 1 año, y si ya se ha prorrogado, mantenerse hasta el final del año de prórroga en que se encuentre. Recuerde no obstantte ello de avisar (yo considero que con 2 meses de antelación, pues más vale prevenir), de su intención de no prorrogar el contrato.
En consecuencia creo que debe cumplir los 4 meses que le faltan. Coméntelo con su casero e intente llegar a algún acuerdo.