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Supongo que pieerde su parte de fianza. El contrato pone que esta sujeto a la lau 29/1994 y modificaciones posteriores.
hay algun plazo o requisito para abandonar el piso de forma inmediata?
Si el consultante es delos que se quedan hay que aclararle que al tratarse de un contrato solidario deberán pagar la totalidad del alquiler los que se quedan, por lo tanto la mejor solución es que quien se marcha incumpliendo el contrato busque alguien que lo sustituya, siempre que el casero esté conforme.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Lo primero que hay que saber es si eres arrendatario solidario o no.
Si lo eres, los dos que se queden tendrán que pagar tu parte, vamos que la vivienda vale lo mismo queden los que queden, por lo tanto, muy probablemente los que se quedan le reclamen la parte que corresponde al que se va.
Si no son solidarios, tendrá que negociar con el arrendador, ya que además de perder la fianza, lo normal es que le reclame alguna indemnización económica por incumplimiento de contrato, pudiendo llegar esta indemnización al total de las rentas que faltan por satisfacer.
Habría que leer el contrato, pero, probablemente no pierda la fianza, sino que tenga que pagar su parte - aunque se vaya - de todos los meses a los que se comprometió al firmar.
Si subes el contrato y nos dejas un enlace, igual te podemos ayudar más... Pero vamos si lees el contrato, probablemente tú mismo veas a qué te comprometiste.
Saludos - Papeleos Alquiler.