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Si el arrendatario quisiera abandonar el inmueble sin haber finalizado el primer año, ha de pagar todas las cuotas pendientes hasta cumplir este, al arrendador. Es decir que si solo llevas 2 meses en la casa y no quieres o puedes seguir viviendo ahi , ¿debes pagar los meses integros?
Si tu arrendador pretendiera hacer valer esa cláusula en un juzgado, el juez, según la jurisprudencia mayoritaria, minorará la penalización que deberías pagar, haciéndola igual a los meses que el piso esté vacío (desde que tú te vayas hasta que otro inquilino la ocupe)
Pero para evitar tener que ir a juicio, yo en tu lugar, trataría de negociar una cláusula de desistimiento aceptable, como puede ser uno o dos meses de renta según cuándo se produjera el desistimiento.
Saludos - Papeleos Alquiler.