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Me ha tocado un piso de VPO con alquiler con derecho a compra. Ahora mismo estoy en un piso de alquiler con contrato de 1 año prorrgable a 5 años. ¿Podría irme antes con el preaviso al casero? ¿O tendría que estar el año entero antes de poder marcharme?
En el contrato no pone nada de que sea obligatorio estar un año en la vivienda ni nada que te obligue.
Gracias de antemano
La obligatoriedad te la da el mismo contrato. Si no hay ninguna forma de rescindir el contrato antes de tiempo, los contratos son de obligado cumplimiento, así que deberás pactar con tu arrendador una cantidad suficiente para indemnizarle y llegar a un acuerdo amistoso, o podrá reclamarte las mensualidades pendientes.