Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En el contrato no consta específicamente cómo debe ser.
Hola Miguel:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
Debe ser fehaciente, a traves de un escrito que te firme el porpietario o mediante un burofax y los 30 dias se refieren a la finalizacion del plazo o de la prorroga, no puede uno irse en cualquier momento. Salvo clausula que lo permita.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es