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Estoy de alquiler en una vivienda en una localidad de las afueras de la ciudad de Barcelona.
Por cuestiones de enfermedad me han intervenido el carné de conducir, estoy separado y mi hijo vive en Barcelona ciudad. Ahora dependemos del transporte público y lo que antes lo hacíamos en unos 30 minutos, ahora tardamos más de 1 hora y media en los desplazamientos y transbordos. Mi hijo no quiere venir cuando le toda estar conmigo, puesto que le parece agotador el viaje.
Debo irme a vivir más cerca de mi hijo, pero como en el contrato es de 12+1. Evidentemente no puedo marcharme y abonarles las rentas hasta junio/2012 y tampoco puedo buscar una vivienda y decirles que me la guarden varios meses puesto que también estoy en la obligación de informarles con 3 meses de antelación.
¿Qué puedo hacer ante esta situación?
Gracias anticipadas por su respuesta.
Negociar l asalida d eese ariendo con el menor gasto qu eadmita el arrendador, debería recordar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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