Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hace casi casi un año alquilé una casa adosada con jardín, el cual está completamente cubierto de césped, con sistema de riego incluido. Yo nunca había tenido césped antes así que no le di mayor importancia al tema, pero cuando me llegó la primera factura del agua me quedé desagradablemente sorprendido pues me subía 150 euros por un trimestre, es como unas 5 veces lo que siempre había pagado por el agua, y no puedo permitirme ese gasto, así que he decidido anular el riego del césped ya que me da lo mismo tener césped o no. Como es obvio, el césped no estará en las mejores condiciones cuando decida dejar la casa, y me preocupa que el propietario se me quede la fianza con el pretexto de que no le he devuelto la casa "como estaba". El césped, u otras plantas, ¿se pueden considerar como parte de la casa, y por tanto el propietario estará en su derecho de no devolverme la fianza? Gracias por adelantado por vuestros comentarios.
Ante todo habría que examinar lo que contempla el contrato respecto al cuidado del jardín y en todo caso, para evitar desagradables sorpresas debería notificar, el telefono no es el medio adecuado, su preocupación por este tema al casero para buscar una solcuión consensuada o dejar constancia de que no está dispuesta a invertir su dinero en el cuidado del jardín.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).