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finasg

casero/a

Tengo una casa vacía, quisiera alquilarla o dejársela a una familia un año. Podré recuperarla al año o tengo que esperar 5?

La ley dice que los alquileres aunque se hagan de un año, si el inquilino dice que es su vivienda habitual, el contrato se puede prorrogar hasta cinco. Hay alguna manera de realizar un contrato ni que sea gratuito para que la familia que viva en ella respete el tiempo pactado 

  • Preguntado por: finasg
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    El único problema que veo es que, si no se quieren marchar voluntariamente, se tendrá que acudir al juzgado, haya contrato o no. Y obviamente mejor que haya contrato. 

    Pero al menos deberías asegurarte una cantidad para que no termines dejando un año libre a esas personas y que luego encima te cueste el dinero del desahucio si no se quieren ir voluntariamente.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No se si he entendido bien, pero si tu idea es ceder gratuitamente una vivienda durante un año a una familia sin recursos , puedes ponerte en contacto conmigo por mail si deseas que te elabore el contrato sin coste alguno para ti ni, por supuesto, para los inquilinos.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo si la vas a ocupar, si luego la dejas vacia te la podrán volver a reclamar. Debes poner la cláusula tal como dice Amparo en el contrato.

    Otra opción es buscar estudiantes o alguien que esté reformando su casa para realizar un contrato de temporada.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola finas:

    quizás en su caso le interesaría más encontar un contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda(temporada). Le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si en el contrato especificas que tú necesitarás la casa al cabo del año para tu uso o para el uso de un familiar de primer grado, podrás recuperarla.

    sería conveniente que incluyeras el motivo por el cual la necesitarás dentro de un año.

    eso sí, asegúrate de que la quieras para eso, para uso, porque como sea para venderla o para alquilarla a otras personas la broma puede ser muy cara.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

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