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Buenas tardes, Tengo un contrato de alquiler de 1 año y tengo que dejarlo un mes antes de que se cumpla debido a un cambio de residencia por motivos de trabajo. Si aviso con un mes de antelación según la Ley, ¿deben abonarme la fianza, aunque haya dejado el piso un mes antes de que cumpla el contrato?
En que sección de la ley hay algo que se refiera a algo parecido, no lo encuentro.
Muchas gracias.
La fianza te la han de devolver siempre porque no es para incumplimiento de contrato, la finalidad de la fianza, avales y depósitos es cubrir desperfectos y pagos de suministros y respecto a la resolución de contrato por causa de trabajo, aquí hay opiniones diferentes entre los abogados... lee el tema puesto en el blog porque es muy interesante y clarifica mucho para que tomes una decisión.