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Argumentan que hay una cláusula que debo pagar un año , que puedo pagar los 4 meses que faltan dividido en 12 meses si reconozco la deuda .
Desde el mes de agosto la propiedad a pasado a un banco , llevo desde el mes de septiembre intentando anular el contrato pero hasta hoy no he conseguido que se pongan en contacto conmigo
Muchas gracias
Hay que ver el contrato para responder a su pregunta, pero si hay pactada una cláusula por incumplimiento de contrato tendrá que afrontarla, a no ser, que su contrato fuera posterior al 06 de Junio de presente año, con lo que solo estaría obligado a cumplir 6 meses.
Hola diva:
Si en el contato consta esa penalización en caso de desistimiento unilateral por parte del arrendatario(usted), la respuesta a su pregunta es afirmativa ya que a su contrato no le es de aplicación la reforma que entró en vigor el 6-6-2013. Le sugiero la lectura del siguiente enlace.
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
reciba un cordial saludo.