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Explico mi caso:
Un amigo y yo estamos buscando piso para compartir (somos estudiantes). Yo me quedaría dos años como mínimo y el cuatro, como mínimo, y me gustaría saber si podemos alquilarlo como vivienda habitual (Es decir, pagando también en verano, aunque nos volvieramos a casa, porque nuestros padres no tienen problema con eso) sin tener que cambiar nuestro empadronamiento (pues ambos queremos conservarlo) o tiene que ser por fuerza un alquiler temporal.
De nuevo indico, pagar en verano no sería problema, e iríamos renovando una vez cada año, pero no queremos tener que cambiarnos el empadronamiento.
Es decir, queremos que sea nuestra vivienda habitual, pero seguir estando empadronados en nuestras ciudades natales.
¿Es posible? He estado mirando por el foro, pero no me ha quedado nada claro.
Muchas gracias de antemano.
Hola Luli12:
Sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Luli 12: "queremos poder alquilarlo todo el año, pudiedo cancelarlo avisando con 30 días de antelación, tal cual como funcionan los alquileres normales"
partes de una premisa equivocada. Los "alquileres normales" no se pueden cancelar simplemente avisando con 30 días de antelación.
se pueden "cancelar", una vez al año, avisando con 30 días de antelación A la fecha en que vaya a cumplirse cada anualidad.
saludos - Papeleos Alquiler.
No es necesario cambiar su empadronamiento, y pueden alquilar una vivienda para usarla 9 meses al año, y pagar sin problema los otros 3 que no la usen.
Si el contrato, es para utilizarla como vivienda habitual, o no, es como a ustedes les vaya mejor y acuerden con la propiedad. Coincido por tanto con la respuesta del Sr. Pedro Martínez.
Si presentasen ustedes declaración de renta y pretendiesen desgravarse dicho alquiler; entonces sí les convendría el cambio de empadronamiento, en otro caso no les hace falta.
Finalmente, les recuerdo que deberán comunicar a la propiedad como mínimo un mes antes del vencimiento anual del contrato, cuando quieran dejar la vivienda. Aquí es donde igual el matiz de contratación les perjudica, pues el último verano deberían pagarlo aunque hubiesen terminado los estudios. Los contratos para viviendas habituales obligan a pagar años completos, aunque sea mes a mes. Por lo que no pueden alquilar la casa todo el año, como vivienda habitual, y luego cancelar el alquiler cuando quieran avisando sólo con 30 días de antelación. En todo caso, negocien con la propiedad que seguramente llegarán a un acuerdo.
Saludos cordiales.
Seguramente no me he explicado con claridad: queremos poder alquilarlo todo el año, pudiedo cancelarlo avisando con 30 días de antelación, tal cual como funcionan los alquileres normales, pero dado que somos aún estudiantes, encontramos poco práctico hacer todo el papeleo del empadronamiento, sobre todo en mi caso que sólo me quedarían dos o tres años, y después volvería al domicilio familiar y tendría que volver a empadronarme y me parece un poco sin sentido, pero si no hay más remedio, qué se le va a hacer.
Es decir, no queremos tener que alquilarlo temporalmente, sino un alquiler completo, como si fueramos a vivir allí todo el año, pues sabemos que muchos propietarios tienen reparos en alquilar a estudiantes por esta razón, y nosotros consideramos que el hecho de ser estudiantes es un tema secundario, pues nuestros ingresos proceden de nuestros padres, sí, pero tenemos ingresos, no hacemos fiestas (si invitar amigos y eso, pero vaya...), somos relativamente limpios... (es decir, nos dejaremos el polvo, pero la basura y los platos lo limpiamos).
Osea, que queremos compartir piso como si fuéramos independientes, sólo que nuestro trabajo es estudiar, no sé si me explico, y el alquiler temporal no nos acaba de convencer.
Muchas gracias de todos modos.
No estoy de acuerdo, entre otras cosas pq existe la obligación legal de estar empadronado donde se reside habitualmente.
Es más, no quiero ni pensar el motivo por el que quereis seguir empadronados con vuestros padres si esa no va a ser vuestra vivienda habitual.
También decir que, si es vuestra vivienda habitual, se renovaría por anualidades completas hasta el quinto año, no hay que renovar año a año como das a entender
Puedes hacerlo sin ningun problema. El contrato se renueva anualmente sin necesidad de hacer nada.
en cuanto a su contenido, pues lo de siempre, lo mejor es que antes de firmar un profesional os asesore para evitar sorpresas posteriores.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es