buenos días, en septiembre alquilamos una vivienda, antes de firmar el contrato, realizamos varias visitas y la comercial en ningún momento nos comunicón que la vivienda se encontraba justo encima de una zona de copas. tampoco nos percatamos porque a la vista no es tan evidente, para quien sea de Madrid se trata de los bajos de Argüelles. si bien es un sexto piso, el ruido nocturno es insoportable los jueves, viernes y sábados por las noches, cánticos, gritos, peleas, copas rotas.. y esto se puede alargar hasta las 6 de la mañana. somos una familia con dos niños pequeños y a la espera de un tercero. Hablando con los vecinos y con el conserje del edificio, nos comunican que esto es un problema que llevan arrastrando años y que es sabido por todos los vecinos del barrio, ya que son muy frecuentes las llamadas nocturnas a la policía. La mayoría han insonorizado sus ventanas o puesto un doble ventanal. Intentamos de buenas maneras hablar con los propietarios (empresa) para solicitarles un cambio de ventanas, se han desentendido diciéndonos que eso no les corresponde y que si queremos el cambio debemos afrontar nosotros el gasto. Querría saber si nos ampara la ley en este sentido, pues no nos parece que se pueda alquilar una vivienda con semejante contaminación acústica y por otro lado, nos parece que nos es justo que hagamos una inversión en ventanas cuando no es nuestra vivienda. muchísimas gracias por la ayuda que me podáis aportar, un saludo, Ana
Es más Ana, lo peor de todo es como esto le pasa con todos los clientes, seguro que se contrato de arrendamiento se lo ha radactado un abogado y está perfecto, y ponen la inmobiliaria enmedio para echarse la culpa uno a otro.
Obligación legal no, en todo caso obligación moral. Es más, sabe que aunque usted tire a juicio el tema, como el no es el que genera el problema es prácticamente imposible que tenga algún tipo de repercusión sobre él. Como mucho que rescindan el contrato, el juicio llegaría después de los primeros seis meses, con lo que usted podrá irse en esa fecha, vamos que lo tienen clarísimo.
Muchas gracias a ambos por vuestras respuestas, me cabe una duda, el propietario no tiene la obligación de informar a los inquilinos del problema de la marcha nocturna en fin de semana? efectivamente yo alquilé el piso habiéndolo visitado primero, pero obviamente las visitas fueron diurnas, es imposible que hubiésemos adivinado el problema. Por otra parte me llama la atención que sea legar alquilar una vivienda con semejante problema acústico. un saludo y gracias de nuevo
Lo tiene complicado, ya que usted le alquilaron la vivienda tal y como se encuentra. Al respecto de la contaminación acústica, para conseguir algo es meterse en una batalla judicial lar y costosa. Al final, por mucho que le pese, lo mejor es llegar a un acuerdo con el arrendador y abandonar la vivienda de común acuerdo, o bien, esperar al sexto mes y marcharse con el preaviso de 30 dias. Esta opción puede estar sujeta a penalizaciones, para saberlo hay que ver el contrato de arrendamiento. Suerte
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