Si es por la probabiliadad de que en un futuro necesitases la vivienda para tí, lo puedes reflejar en el contrato de forma expresa y quedarte más tranquila, la LAU lo permite, si no ya sabes que obligatoriamente tienes que cumplir los 5 años (salvo que sea el arrendatario el que se vaya).
Los inconvenientes más evidentes son las limitaciones y el "riesgo" o incertidumbre que supone el arrendamiento de vivienda, aunque la ley también te permite garantías adicionales a la fianza (puedes pedir avales o seguros de impago y protección contra actos vandálicos, p.Ej.).
Si por otro lado consigues un buen inquilino que respete los términos del contrato y pague religiosamente es una fuente de ingresos difícilmente obtenible por otros medios en cuanto a su rentabilidad. Siempre en una decisión complicada pero mejor que tener un piso vacío.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português