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Quiero vender un piso. Qué debe ser asumido por el comprador y qué por el vendedor. Conozco que la plusvalía la asume el vendedor, pero la cancelación de la actual hipoteca ¿quién la asume?Es a través de una inmobiliaria (se lleva un 2,5%) como debemos pagarle a la inmobiliaria.
Si la venta es antes del 31 de diciembre, en la declaración de la renta, ¿cómo se debe indicar?.
Gracias.
1.- La plusvalia puede referirse a la ganancia patrimonial en IRPF o al IIVTU (Plus valía municipal), ambos corresponden al vendedor.
2.- El costo de cancelación de la hipoteca corresponderá al vendedor si el comprador exije la entrega "sin cargas" o no habrá ese costo si el comprador se subroga en la hipoteca.
3.- Esta venta se declarará en el IRPF en mayo/junio 2011 para tributar si existe ganancia patrimonial.
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