Quiero vender un piso alquilado cuyo contrato fue formalizado el 1 de agosto de 2014. El contrato tiene una clausula de renuncia del derecho de adquisición preferente. Entiendo que, como se renueva anualmente, no puedo venderlo hasta como mínimo el 30 de Junio del 2020. Cuando procedería a la cancelación del contrato de alquiler. ¿es correcto? Por supuesto, no cuento con enseñar la casa antes, porque en las condiciones que la tienen, no me la compraría nadie. Así que me tocará reformar antes una vez estén fuera los inquilinos para poder venderla.
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