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Hola soy propietaria de una VPP en la CAM. Voy a alquilar la vivienda y me gustaría saber si cuando la vivienda pierda la calificación de protección, y suponiendo que yo quisiera vender en ese momento, el inquilino puede obligarme o exigirme que le venda la vivienda?
En este mismo supuesto, existe un plazo en el tiempo de alquiler? o puede ser hasta un max de 5 años prorrogables, como en el resto de los casos?
Y por último, el precio que debe reflejarse en el contrato es el que establece la cam, según sus tablas, o el precio si se pacta entre las partes y es superior a estas tablas, es légal?
Gracias, cómo verán ando un poco pérdida.
Estela.
La viviendas de protección oficial en cuanto a su arrendamiento están sujetas a determinadas exigencias que debería comprobar antes de ponerla en alquiler.
El inquilino de una vivienda siempre goza de derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto).
La normativa sobre duración de arrendamiento de vivienda es exigible en todo caso.
El precio del alquiler en VPO es una de las eexigencias que no debe olvidar.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.