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Pop

casero/a

Una vez transcurrido el primer año, ¿qué hacer?

Además de la actualización vía burofax de la renta, se debe realizar algún trámite, o hasta el quinto año, no?

  • Preguntado por: Pop
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
mejuto ha sido el primero en contestar
  • mejuto

    inquilino/a

    Así es, no has de notificar dicha renovación, es automático

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si. Los contratos de arrendamiento se prorrogan solos. Es para darlos por finalizados cuando hay que firmar el documento de fin de contrato.

    Y el IPC que se ha de aplicar es el del último mes que estuviera publicado a la fecha de celebración del contrato (Artículo 18 LAU

    Por ejemplo, si el contrato se celebró el día 1 de noviembre, le tocaría actualizarse con el IPCGN de septiembre.  Si el contrato se celebró el día 19 de noviembre, le tocaría el IPCGN de octubre.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Pop

    casero/a

    Tampoco he indicado yo otra subida de la renta que no sea la ya mencionada, :P.

    Así pues, se actualiza automáticamente un año sin necesidad de ninguna gestión, o notificación a organismo, no?

    • Respondido por: Pop
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Bien, en ese caso el IPC es el del mes justo anterior al mes en el que se le sube o baja y sí, se lo ha de notificar, así como el punto porcentual que corresponde con el IPC de referencia.No procederá ninguna otra actualización de renta.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Pop

    casero/a

    Que ya sé que hasta pasados 5 años no se puede "echar" al inquilino, a no ser que sea por la cláusula de necesidad.

    No obstante, mi pregunta es si habría que notificar esa continuación del contrato un año más.

    Y sí, al finalizar cada año, la renta se actualiza con el IPC del año anterior, no te confundas...

    • Respondido por: Pop
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Está en un error, el ipc sí se celebra a cada año, ha de tomar el número de referencia del mes inmediatamente anterior al mes en que se lo ha de subir y si es negativo también lo ha de bajar en la misma proporción. La renta NO se actualiza hasta pasado ESOS 5 AÑOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO POR SU PARTE, solo el inquilino a cada anualidad tendrá derecho a decidir si seguir o dejar el piso, siempre, claro está, que pague sus rentas.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Pop

    casero/a

    El IPC no se actualiza al final de cada año? La renta supuestamente, también, no?

    • Respondido por: Pop
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Otra cosa. Que actualización? se referirá al ipc? piense que NO HA LUGAR ninguna otra actualización hasta pasados esos 5 años de obligado cumplimiento por parte del casero

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    No ha de hacer nada, ni enviar ningún burofax, el alquiler se renueva automáticamente hasta 5 años y solo el inquilino puede decidir cada año si quedarse o irse del piso, por parte del casero no puede decidir hasta pasados los 5 años LEGALES.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
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