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Me explico, ya he recibido respuesta a mi pregunta sobre el nuevo desahucio express, pero dado que como se trata de simplificar y abreviar en los juzgados el desalojo de los inquilinos morosos ¿ese trámite lo puede llevar a cabo el propio Arrendador en el juzgado, presentando la documentación requerida al efecto o también hay que nombrar abogado y procurador?
No, en realid asolamente se ha modificado la tramitación del juicio verbal de desahucio para el que necesita Abogado y Procurador.
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