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El técnico le ha de entregar el certificado con el número de registro del departamento de energia o industria que su comunidad autónoma tenga designado al efecto.
Gracias Piscis tres, pero que quiere decir exactamente debidamente diligenciado ?
No habiendo obligación de entregar el certificado al arrendatario, yo no le diría nada al respecto.
Al técnico que hizo el trámite, le exigiría la entrega del certificado debidamente diligenciado.
Imagino que tendrá que firmarse por las partes.
Espero que lo acepte con fecha anterior a la firma del contrato, porque si es posterior, si ella quisiera podría ponerme objeciones, no ?.
Ana Maria hazlo, y entregalé una copia al arrendatario te evitarás problemas futuros
No es vincularlo, tienes que adjuntarlo y entregarselo al arrendatario en caso de que el arrendamiento sea superior a 4 meses, no hay que presentarlo en ningún sitio a no ser que te lo exijan, y creeme que llegará el momento que lo exijan, y en eses momento tendrás que tenrlo con fecha similar al contrato o bien anterior.
Gracias Oscar por la respuesta.
Te cuento el caso : En Julio encarqué al arquitecto que me hiciera el certificado. Vino a la vivienda y me dijo que estaría en unos dias. Estamos a fecha de hoy y no me lo ha dado ( dandome cada vex que se lo pedía variasdas excusas; que si vacaciones etc. ). Como con el nuevo inquilino no se firmaba hasta últimos de agosto, no me preocupé en exceso. Llegó el día de la firma y no le pude presentar el documento ni añadirlo como claúsula del contrato como era mi intención. Es una chica italiana y no creo que sepa sobre la ley y además está encantada con el piso y creo que la calificación será buena.
Pues, eso, llegó el momento y firmé el contratosin tener el certificado ( se que me direis que tenía que haberl encargado a otro , pero este era conocido de otras operaciones durante años ) y ... :Pensé que al tener un mes para entregar la fianza y el contrato en Ivima podría rehacer el contrato con la nueva claúsula y la inquilina no me pondría pegas, pero estoy intranquilo . En Ivima me han dicho que no tengo que aportarlo con la documentación, pero me extraña, porque si no , de que sirve ?
¿cómo sabes eso öscar?
en mi opinión solo hay que tenerlo para poderlo mostrar. O tal vez entregar una fotocopia para el ivima (o similar) pero de vincularlo al contrato. ¿dónde dice eso?
Debe adjuntarse (todo el informe) a un contrato si el arrendamiento es superior a 4 meses.