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En el piso donde vivo de alquiler el agua es comunitaria y ahora la van a pasar a individual por piso. En un principio nos dijeron que no nos molestarían, pero ahora resulta que los técnicos tienen que entrar continuamente en casa para la instalación de las tuberías, haciéndome perder horas de trabajo para abrirles la puerta y no dejarlos solos en casa. ¿Que puedo reclamar?
No olvides que si las obras son de la comunidad (como se desprende de tu pregunta) la obligacion de ser indemnizado por los daños y perjuicios causados por ésta no estan sujeta a ningun periodo temporal, siendo reclamables desde el minuto uno.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
el art, 21 de la ley de arrendamientos urbanos dice qe el arrendatario devera facilitar la entrada a la vivienda arrendada, pra que la poroiedad pueda efectuar las obra neceserias la vivienda para efctura las reparaccion de la vivienda en si arrendada o inmueble obloque, pues estas on unas obra necesarias , dotar de agua sanitari individual a todo el blque ue reoercurtira en el bienestar de todos y cumpliendo la normativa vigente, si las obras superan un plazo superior a 20 dias se realizara una minoracion
de larenta en la proporcion de la parte de la vivienda que sea privado.
saludos joan clara
José Mtnez,
Precisamente en este país uno de los problemas que tenemos es que nunca o casi nunca reclamamos nada, y así nos va.Por otro lado, cuando accedemos a este tipo de páginas es para conocer que derechos u obligaciones podemos tener con respecto al tema de los alquileres.
Cuando yo llevo mi coche a un taller lo llevo en mi tiempo libre disponiendo de el como a mi me apetezca, y no en horario laboral. Cuando tengo que ir al piso por las obras si que lo hago en horario laboral, ¿que culpa tiene mi empresa de que estén poniendo tuberías nuevas en el edificio? Por eso me informo!!
Gracias a Juan p y Jan por vuestras respuestas, me han aclarado todas mis dudas, han sido de gran ayuda.
gracias otra vez y un saludo
Hola joaquin:
le sugiero la lectura del artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
En este país lo basamos todo en reclamar.
¿Le reclamas tú al mecánico las horas que pierdes en el taller por una avería del coche?
¿Le reclamas en una oficina, por ejemplo, a la empresa que hace el mantenimiento de la fotocopiadora?
Mientras la vivienda continúe siendo habitable, tienes la obligación de soportar las obras que sean necesarias.