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Supones bien, los arrendadores deben incluir los alquileres que perciban en su declaración de IRPF, lo cual es una prudente medida ya que la AEAT suele averiguar con facilidad los pisos que están arrendados, debido a que los inquilinos deben consignar en su declaración la referencia catastral que el el DNI de las viviendas.
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