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Yo lo tengo estipulado en el contrato pero no se como se calcula ¿cuánto seria el maximo por dia? Tambien siempre me paga muy tarde, puedo meterle en juicio por incumplimiento de contrato porque es SIEMPRE.
en mi cuenta SOLO cobro el alquiler no hay nada mas en esa cuenta, si paso el recibo y me lo devuelven impagado, hasta que paguen todos los gastos que se generen me lo tendran que abonar o que pasa que tambien he de pagar yo eso.....? eso no puede ser "MI PROBLEMA" porque es todo lo que se genera de la devolucion en una cuenta que es exclusivamente de cobro de alquiler y los gastos de "impago" ya dice que si se pueden cobrar eso es lo que me ha dicho un abogado del API.
Lo del descubierto en su cuenta no es un interes sobre la renta, es un problema suyo.
A lo maximo que puede aspirar es a poner un pleito pidiendole esos perjuicios, pero dudo yo q se lo concedan
Me parece que no ha entendido nada. Ud. no pasa ningun gasto, ni el banco tampoco. Si quiere reclamar los intereses tendrá que ponerle una demanda judicial, ganarla y ejecutar la sentencia.
Pedro Martínez
Abogado
Entonces seran los 3. 85 euros de impagado y si la cuenta se queda en descubierto como es el caso se le pasan todos los gastos bancarios de demora hasta que pague + descubierto que esto ya supondria mucho mas porque el banco no cobra 0. 85 sino mucho mas.
Ya le han contestado, el interes legal, que este año es del 4%.
para un alquiler medio calcule la friolera de 0,05 &Euro;/Dia
Este mes ya puede reclamarle 0,85 &Euro;!
pedro Martínez
Abogado
Perdone, le vuelvo a reiterar en el contrato pone: que se pagaran gastos de demora pero no pone cantidades ni nada de nada solo que son cobrables por lo tanto sino lo estipula ¿ que es lo que dice la ley? ¿ cual es el importe legal?
Hola Terrevana:
Al no haberse pacto un interés específico se aplicará el Código Civil, en concreto, los artículos 1. 108 y 1. 109, siendo el interés a aplicar el interés legal del dinero desde el momento en que se reclamen judicialmente.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
en el contrato simplemente pone en el articulo 14 que se le cobraran gastos de demora por retraso en el pago de la mensualidad, no pone nada mas y NADIE sabe orientarme cual es el % que debo cobrar por el retraso por dia.
Hola Terrevena:
Los gastos de demora tendrá que calcularlos conforme a lo pactado en el contrato.
respecto a instar la resolución del contrato por pago fuera del plazo pactado. En mi opinión la viabilidad de la acción dependerá del tiempo durante el que su arrendatario ha incumplido el periodo de pacto pactado y la actitud que durante el mismo haya adoptado usted.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl