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Hola
En mi contrato figura que el propietario de la casa puede vender la casa mientras este yo de alquiler. ¿es eso posible?
creia que mientras el piso estuviese alquilado no se podia vender.
gracias
Para Idepazb
Aunque hubieras renunciado a tu derecho de tanteo y retracto, esa renuncia sería NULA, salvo que la duración inicial en tu contrato de arrendamiento hubiera sido superior a cinco años (cosa bastante poco frecuente - por eso te dice Crazy que la renuncia sería nula, porque en la mayoría de los casos lo es)
Saludos - Papeleos Alquiler.
Y si no entiendes la coletilla del final, con sumo gusto te la explico.
Fmg,
Casi que mejor te leas tú el final de ese artículo que mencionas.
Te agradezco tu consejo. Ahora acepta tu el mío y lee el 25. 8
Por cierto, solo faltaría que me dijeras de que me puedo quejar y de que no. Venga yaaa.
Fmg, casi mejor que, antes de responder y quejarte, te informes.
Esa renuncia "tácita" será nula. El derecho de tanteo y retracto es irrenunciable. Quizá, en vez de quejarte tanto, te interesaría leerte la ley de arrendamientos, entre los que, para este caso, te aconsejo una lectura detenida del artículo 6
Tendrás opción de hacer oferta por la vivienda (si la quieres comprar) siempre y cuando no hayas renunciado tácitamente a ese derecho en el contrato. Si no, lo que marca la ley que es lo que ya te han dicho.
Yo pongo en duda que "todos" los que escriben habitualmente saben mucho. Mejor no digo nombres.
Nada que agradecer, para eso estamos! Todos los que escriben habitualmente aquí saben mucho, jeje, así que si te surgen más dudas, ya sabes donde preguntar. Un saludo,
Y un pequeño detalle más.
no tienes obligación de dejar pasar a nadie a ver la casa. Ninguna obligación. Salvo que te persuadan de lo contrario. $$$$$$. Eso sí. :-)
porque sería un poco difícil que alguien "compre sin ver"
saludos - Papeleos Alquiler.
Muchismas gracias Alvaro, me dejas mucho mas tranquilo.
eres abogado? Sabes mucho :)
Siempre se aplica la ley. Todo lo que contravenga la ley, en cualquier tipo de contrato, será nulo.
y sí, lo has entendido perfectamente.
Gracias Alvaro!
Entiendo que esto esta tan claro por ley que aunque ponga algo diferente en el contrato no aplicaria en caso de juicios mas tarde no?
Me explico, por lo que tengo entendido muchas veces lo que pone un contrato no aplica, sino que aplica la ley que ampara el contrato, no?
Entiendo que puedo estar tranquilo durante 5 años y si de verdad tenga una oferta mi casero, yo la podre igualar, verdad?
Gracias de nuevo!
Hay dos cosas que tienes que tener en cuenta:
1. El arrendador si puede vender la casa mientras estés de alquiler, pero el nuevo propietario tiene que respetar tu contrato hasta que termine. Y tienes derecho a seguir con tu contrato en las mismas condiciones hasta que dure 5 años.
2. Si vende el piso, tu tienes derecho de tanteo y retracto. Esto quiere decir que si tu igualas el precio de la venta, tienes derecho a comprarlo preferentemente al otro comprador.