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LE

casero/a

¿Cómo funcionan los avales?
Hola.

No tengo claro como funciona el tema de los avales. ¿Alguien me lo podría explicar o indicarme dónde me puedo enterar?

Entiendo que es un dinero que el inquilino deposita en el banco y que se queda retenido (el equivalente a 3, 6 ó 12 meses, por ejemplo). Que se renueva cada cierto tiempo. ¿Es así o hay gente a la que no le retienen?

¿Qué es lo más frecuente? ¿Un año que y que se vaya renovando? ¿Cuánto cuesta el aval? ¿Es lo mismo a que le avale un familiar?

Muchas gracias!
  • Preguntado por: LE
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    LE,

    Avalar significa comprometerse a cumplir lo pactado. en caso de que el titular no lo haga.

    Hay que distinguir entre avales personales y avales bancarios.

    Tú empiezas por los bancarios que, como casero y bien hechos, son los que más tranquilo te dejarían. Pero, de esos te entregarán pocos. Salvo a las grandes firmas, los bancos nos los ponen muy caros a los de a pie (Más o menos, hemos de depositar allí la misma cantidad que nos avalan y, encima, nos cobran una comisión, del .25%, del 0.50 €,... trimestral). Para eso es preferible que te entreguen a tí esa cantidad "como garantía adicional" (Al amparo del Artº 36.5 de la LAU) y ya la devolverás, cuando liquides la fianza.

    El aval personal, tiene el mismo fin: responder por el inquilino, en caso de que éste falle. El problema que tienes es: Si no me fio del inquilino ¿Por qué me voy a fiar de su avalista? La única solución es exigir que el avalista sea solvente.

    Yo, lo que suelo exigir es que el avalista me acredite que tiene bienes inscritos en el Registro de la Propiedad. También los puede vender antes de que tú le reclames, pero ya son más las cosas que han de coincidir para que, fallado por el juez, te quedes sin nada a qué agarrarte.

    Espero haberte iniciado en el tema.

    Ramón Ruiz.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El aval bancario clásico implica que una entidad bancaria se constituye en garante de las obligaciones arrendaticias como inquilino, de un cliente, es evidente que antes esa entidad habrá comprobado la solvencia exigiendo las oportunas contragarantías y cobrando por ese servicio lo que considere oportuno.

    Desde el punto de vista del casero lo más conveniente es que ese aval tenga una duración indefinida.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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