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JoanMendez

casero/a

Se supera el plazo de preaviso.
Se han entrregado las llaves varios días después del plazo de 30 días del preaviso.
¿Se puede reclamar el alquiler de otro mes o su parte proporcional?
  • Preguntado por: JoanMendez
  • Hace 8 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    El plazo de 30 días es el preaviso MINIMO. Por tanto, no significa que tengan que abandonar la vivienda a los 30 días del preaviso.  Por ejemplo, se puede dar el preaviso el 15 de julio diciendo que se abandonará la vivienda el 31 de agosto, en cuyo caso el arrendatario estará obligado a abonar la renta hasta entonces.

    En un caso como el suyo, hay que determinar si las causas de dicho retraso se deben a una diferencia como lo anterior o si, habiendo fijado un plazo concreto para el desalojo, se ha prolongado por alguna causa específica.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Todo dependerá de la redacción del finiquito con el que hayan documentado el fin del arriendo.
    Según lo que hayan manifestado en ese documento podrá o no reclamar - judicialmente - esos días. 
    Claro que  la complejidad de la reclamación para los que somos legos en la materia,  o el coste de un abogado que se la gestione (comparado con el importe a reclamar)  puede hacer que no valga la pena esa reclamación.

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