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Si el arrendatario tiene vocación de permanencia y busca una arrendamiento que le garantize cuando menos la duración mínima de tres años. ¿sería válido reflejar en una claúsula contractual la renuncia por parte del arrendador a ejercer el derecho durante los tres primeros años de duración del mismo, de necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.?
Si. Se puede.
lee el punto b http://blog.enalquiler.com/2013/guias-alquiler-pisos/como-hacer-un-contrato-de-alquiler-con-la-nueva-ley-de-fomento-del-alquiler/