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Mi casero nos ha practicado la subida del ipc y ha calculado junto con la renta el importe que pagamos por "servicios y suministros" que equivale a los gastos de la comunidad. ¿Es esto lícito. o debería haber aplicado el ipc solo a la renta?
Gracias por su pornta respuesta
El importe de los gastos de comunidad es ajeno al ipc, debe constar cuatificado en el contrato y se puede incrementar anualmente cuando así lo acuerde la Comunidad pero como máximo eldoble de la actualización del alquiler.
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