El contrato de alquiler se puede pactar por cualquier tiempo, pero si es de vivienda habitual, el propietario está obligado a prorrogarlo hasta los 5 años.
Sólo puede evitar esa prórroga incluyendo una cláusula en la que mencione que necesitará el piso para si mismo con anterioridad (y entiendo que a ser posible la fecha en que lo necesitará), estando obligado a ocuparlo personalmente, en el caso de poner en practica dicha cláusula. Atención pues a pactar un contrato de duración no superior a un año, y poner cuándo se necesitará.
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