Fernando me parece que el asunto debe enfocarse desde otro punto de vista. En Febrero de 2017 ese contrato agota su duración legal, pueden ocurrir dos cosas:
a) Que Vd. o el inquilino decidan darlo por terminado, preavisando con treinta días de antelación a esos efectos.
b) Que decidan no hacer nada y acogerse a la prórroga legal de un años más.
Si optan por la opción a) tendrán que formalizar un nuevo contrato con las condiciones que estimen oportunas y comenzará de nuevo la duración legal de tres años para ese alquiler.
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