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En el caso de incumplimiento en el deposito de la fianza en la delegación administrativa correspondiente de la CCAA, tengo entendido que la sanción no puede ser superior al 50% de la fianza (intereses legales aparte) ¿Es esto cierto? ¿Si se acepta las disposiciones que establezca el inspector de hacienda se descuenta en un 50% la sanción? Gracias por la atención.
Desde luego el ivima tiene previstas sanciones que pueden ser bastante más elevadas.
entre en la página del organismo competente en vivienda de su ca y compruébelo.
si pone en google ivima fianzas verá lo que le digo
saludos - Papeleos Alquiler