Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Se contempla en ella que cualquier tipo de contrato de alquiler de local comercial se puede anular. Donde se puede ver todo esto y que condiciones se deben dar. Gracias.
Hola fjsol:
coincido con las respuestas de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo.
Eso pensé yo también pero ni es una Nueva ley, es de 1/1/1995, ni Se contempla en ella que cualquier tipo de contrato de alquiler de local comercial
en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Posiblemente la consulta de "fjsol" guarda relación con aquellos contratos de local, celebrados antes del 9 de Mayo de 1985 donde se desarrolla una actividad comercial, cuyo arrendatario es una persona jurídica y que se extinguen a los veinte años de la entrada en vigor de la LAU (Ley 29/94)