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carmen emlgar

inquilino/a

Me he salido antes del año de alquiler porque el hijo de la dueña vivía allí y no sabíamos que se dedicaba a las drogas.

Teniamos un contrato de alquiler de un año nos hemos salidos con 9 meses. El hijo de la dueña del piso tenia que quedarse 3 meses con nosotros y se ha quedado los 9 meses ,no lo aguantamos por que tenemos una hija de 4 años. Y no sabiamos que el chico se dedicaba a consumir drogas y marihuana y eso a la niña le hace mal. Ahora antes de 20 dias para cumplir el mes le avisamos a la dueña que ya no podiamos mas con esa situacion y que nos mudariamos. Nos dijo que sip. Pero ahora no nos quiere devolver la fianza. Que debemos hacer si fue por culpa de las drogas de su hijo que nos salimos y ella no hizo nada por arreglarlo.

  • Preguntado por: carmen emlgar
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    " El hijo de la dueña del piso tenia que quedarse 3 meses con nosotros "

    yo hay cosas que no entiendo que la gente las acepte, y luego se quejen.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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