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manuel josé

casero/a

¿Es lícita una cláusula de rescisión de contrato por dar baja la luz en su cuenta de banco?
En el contrato pone que si se da de baja la cuenta bancaria que se facilitó en la firma del contrato para el de la pago luz y otros sería motivo de rescisión de contrato.

Saludos,
  • Preguntado por: manuel josé
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    manuel josé,

    Continúas, como buen gallego, contestando que traes manzanas, cuando se te pregunta de dónde vienes.

    Buenas noches.

    Ramón Ruiz.
  • manuel josé

    casero/a

    Esta pregunta fue formulada por mí hace tiempo partiendo de la base de un supuesto contrato. Fue contestada por el Sr. Pholmo: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/pisos-alquiler-suministros-luz-piso-alquiler_9580.html
    Saludos,
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Considero muy improbable que un juez admita esa causa de resolución, siempre que el inquilino vaya pagando los suministros, la renta y cumpla el resto de sus obligaciones.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    manuel josé

    En este caso y, según mi apreciación, quedó en el tintero casi todo. ahora que, por fin parece que se ha decidido Vd. a usar un lenguaje inteligible ¿Me podría aclarar qué quería saber?

    No quedó claro quien sería el que pudiese instar la resolución y quien podría cometer la "infracción" de dar de baja la luz en su cuenta.

    Mantengo los argumentos que le expuse en mi primera respuesta, hace tres meses.

    ¡Saludos!

    Ramón Ruiz.
  • manuel josé

    casero/a

    sr. Ramón Ruiz.-

    Aclaración de la pregunta ¿es lícita una cláusula de rescisión de contrato por dar baja la luz en mi cuenta del banco?.- Me refiero a la cuenta del banco suponiendo que haya una cláusula en contrato que dice: el inquilino pondrá todos los servicios, luz,..... a nombre del inquilino y los consumos serán a su cargo.

    Gracias por la aclaración. Suele quedar algo en el tintero.
  • //Mfan

    inquilino/a

    Cláusulas extrañas que se solucionarían rápido con un cambio de titularidad del contrato y que cada uno haga lo que quiera con sus suministros.

    Nunca entenderé la negativa de muchos caseros a cambiar el titular, sólo son ventajas para ellos, se olvidan de los suministros y en caso de impago sólo tendrán que dar un nuevo alta que podrán reclamar al inquilino moroso, vamos que limitas tu responsabilidad.

    Saludos.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    manuel josé,

    Cuesta un poco entender tu pregunta. Aparte de que hay alguna palabra fuera de lugar (mal situada, no es que sea ofensiva), no se entiende quién ha dado la cuenta bancaria y quién puede tener interés en rescindir.

    Si es el inquilino el que domicilió los recibos de luz en su c/c, no entiendo cuál es el problema de que cancele esa cuenta. Los tendrá que pagar en mano o le cortarán el suministro. Cuando se canse de la molestia, ya dará por sí mismo una nueva cuenta.

    Si eres tú el que domiciliaste los recibos en tu c/c, podrías tener problemas si, por ese motivo, le llegaran a cortar la luz a tu inquilino. Pero, si tú cambias la domiciliación y no se devuelven los recibos, tampoco veo mayor trascendencia, pese a esa extraña cláusula.

    ¿De dónde sacaste ese contrato? No le veo ningún sentido.

    Ramón Ruiz.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El problema de las cláusulas "extrañas" o no habituales en los contratos de arrendamiento es que no se puede dictaminar acerca de su eficacia hasta que resultan incumplidas y se lleva ese incumplimieto al Juzgado, entonces el Juez decidirá si esa cláusula era o no correcta.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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