Buenas tardes, Angélica:
1º) En cuanto a la duración del contrato le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrado-con-posterioridad-al-5_6_2013.htm 2º) El impago de un mes de renta es causa de resolución del mismo, previa interposición de la correspondiente demanda asistido de abogado/a y procurador/a y sin perjuicio del derecho a enervar el desahucio de la parte arrendataria.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl