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Llevo 3 años de alquiler, cuando yo entre a vivir el termo tenia ya 4 años.
Lo cierto es que la respuesta a estas pregunta no es radicalmente clara y dependerá de varios condicionantes inclinar la responsabilidad a un lado u a otro.
En primer lugar sería determinar si estamos ante un gasto de mantenimiento ordinario u extraordinario. Ya que la L.A.U en su art 21 establece que será obligación del inquilino llevar a cabo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
En segundo lugar habría que determinar si el deterioro del termo habría sido ocasionado por un mal uso por tu parte, ya que la L.A.U, impone al inquilino la obligación de usar la vivienda arrendada con la debida diligencia.
En mi opinión y suponiendo que el uso por tu parte haya sido el correcto, entiendo que estamos ante el deterioro del termo por haber llegado éste al fin de su vida útil, por lo tanto ante un gasto extraordinario cuya reparación correspondería al arrendador.
Espero haberte servido de ayuda.
Despacho de Abogados Alberto Herrero