Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Llevaba dos años y medio,me llamó el yerno para darme la noticia ,y para decirme que se pondría en contacto una vez desalojado el piso,para vernos y hablar.
No se que debo de tener en cuenta,y que debo a parte de los recibos de la luz , agua y comunidad.Que cuantía debo decirles que me tienen que pagar en concepto de alquiler,fianza ó algo más.
Gracias.
El pago de los meses naturales que tarden en desalojar.
Si el pago es mensual entiendo que se cobrará entero, no medio mes.
Entiendo que, en base al artículo 16.3, tienen 3 meses para desalojar y finalizar el arriendo
Hola Crazyh:
Leyendo los articulos 16 y 33 de la lau,el hecho de que sea un piso de alquiler y no un local,que no van a continuar con el contrato de alquiler,y que el motivo de terminación del contrato haya sido la defunción del inquilino.
Solo puedo presentarles a la familia un total por los recibos impagados,y el mes,o medio mes,no?
Gracias
Le conviene leerse los artículos 16 y 33 de la ley de arrendamientos.