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Soy particular y tengo un piso alquilado a una empresa como vivienda habitual de un empleado. El contrato es de 1 año y vence el próximo 15 de Enero. Mi pregunta es si tengo que hacer algún trámite para renovarlo o se prorroga automáticamente, por anualidades, hasta los 5 años como cualquier contrato entre particulares.
Mi criterio al respecto es que lo determinante para calificar un contrato, tal como está establecido en la LAU, es el destino que se le da al inmueble, con independencia de quien sea arrendador o arrendatario. Por consiguiente si se alquiló para vivienda habitual y se utiliza como tal, está sometido a las normas del alquiler de vivienda y por ello sujeto a la prorroga forzosa hasta los 5 años.
De todas formas no existe ningún inconveniente en realizar documento anexo, con la simple expresión de que se prorroga dicho contrato durante el tiempo que tengan por conveniente.
De todas formas si no se considerara como vivienda, si nadie denuncia el contrato antes de la finalización, y el inquilino permanece en el inmueble, entiendo que se produce cuanto menos una tácita reconducción del mismo por otro periodo igual.
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