El contrato al que hace referencia está sujeto en cuanto a su actualización a la disposición transitoria segunda de la LAU 1994, en cuyo apartado D trata de ese tema estableciendo los criterios y requisitos para llevarla a cabo, cuya prolijidad impide transcribirlos en este consultorio.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.