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Voy a alquilar una vivienda a una pareja de 32 y 23 años, respectivamente. Si el contrato lo firma la persona menor de 30 años, ¿puedo deducirme el 100% del alquiler al hacer la declaración de la renta o, aunque firme con la persona menor, se considera la unidad familiar como un todo, y quedaría fuera de esta deducción? ¿Qué beneficios obtienen los inquilinos en este supuesto?
Observo bastante imprecición en algunas respuestas, no se trata de deducciones sino de reducciones, conceptos fiscalmente muy distintos, y para poder reducir al 100% por un inquilino menor de 30 años, éste debe reunir unos requisitos que no se dice los reuna.
'Poner como fiador' a una persona en un contrato no significa que esa persona pueda habitar licitamente en ese piso.
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yo lo que hago cuando hay dos o más inquilinos y no me interesa que alguno de ellos figure como inquilino (o a alguno de ellos no le interesa figurar como tal) es ponerlo en el contrato como fiador.
alejandro
gestor inmobiliario
En que comunidad se encuentra la vivienda? porque hay regímenes diferentes entre comunidades.
Tu tienes derecho a deducirte el 100% del alquiler (edad del arrendatario hasta los 30 años) o el 60% (edad superior a los 30)
El inquilino tiene derecho a desgravarse el 10,05% del alquiler si su base imponible es inferior a 24.107,20€. Has de saber si el inquilino de 32 años se quiere desgravar el alquiler, porque lo mismo trabaja y le interesa fiscalmente. En caso de que le interesase puedes pactar hacer el contrato sin él y que cada año calcule su IRPF para ver como le sale si se desgravase el aquiler (y esa cantidad se la abonas tú).
Para curarte en salud si se lo alquilas al de 23 sólo, haz un contrato paralelo donde firmen los dos, en el que el de 32 años asuma toda responsabilidad derivada del alquiler (impago, destrozos, renovación elementos del inmueble....), en concepto de avalista y pon una cláusula donde indiques que "no será necesaria ir primero contra el inquilino, sino que el arrendador podrá dirigirse indistintamente contra ambos"
Eduardo López-Parra Martínez
Puedes hacerlo, pero en en cuenta que cuando dejen de pagarte solo será responsable el chico de 23 años que no sabemos a que se dedica, cual es su solvencia, etc, etc.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es