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jony

inquilino/a

Quisiera saber que teniendo un contrato de 6 meses me puede echar ya que es por represalias por no poder dejarle ver el piso

El dia que tenia que ver el piso tenia a mi mujer embarazada de dos mese ingresada a causa del estres y necesita reposo.llamaban hasta 20 veces diarias.multiples sms.por represalias cumplido los 5 meses me manda un burofax diciendo que en un plazo de 30 dias abandone el piso.mi pregunta es esta es legal hacer un contrato de 6 meses con derecho a enseñarla y nos puedan echar de esta manera sin haber un compradpr directo ya que vive en una mansion a una manzana de la mia y esta de alquiler con derecho ha copra de ahi esto

  • Preguntado por: jony
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (7)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Estoy con Javier, un contrato de 6 meses es muy probable que no sea un contrato de temporada y por tanto sea de aplicacion el art. 9 de la Lau.

    Ni siquiera la expresa mencion (normalmente en el propio encabezamiento o denominacion) de que se trata de un contrato de temporada le da ese caracter, como ha declarado el Supremo en numerosas sentencias.

    Pedro Martínez

    ABOGADO

    5001@icagr.es

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jony:

    le aconsejo la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    te recomiendo que leas la ley para conocer tus derechos. Puedes hacerlo aqui:

    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Art%C3%ADculo_18

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    por mucho que el contrato ponga que tienes que permitir la entrada al casero no tienes que hacerlo. Esa clausula es abusiba y nula a todos los efectos.

    El único supuesto en el que hay que permitir la entrada (al casero o a quien corresponda) es para hacer reparaciones necesarias (una fuga, cambiar un cristal roto, etc.)

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Artículo 9. Plazo mínimo

    1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    discrepo totalmente de la opinion anterior.

    si ese piso es su vivienda habitual y no una segunda residencia por motivos laborales, vacaciones,curso escolar,etc. y esta circustancia no está expresamente indicada en el contrato.

    Tienes derecho a vivir ahí hasta 5 años. El propietario no te puede echar antes. Esun derecho que otorga la ley a los inquilinos.

     

  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    Si su contrato es de 6 meses y a los 5 meses le dicen que en 30 dias ha de marcharse, es perfectamente legal (no le renuevan el contrato y no hay porqué dar explicaciones a no hacerlo).

    El tema de enseñar el piso o no es un derecho de Usted, ya que mientras resida en él no tiene porqué dejar entrar a nadie (salvo que Usted quiera).

    El tema de la cantidad de llamadas y mensajes, si lo estima oportuno lo puede denunciar en la comisaría.

     

    Suerte.

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