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Llevo en el contrato compartido siete meses, desde diciembre. Me he quedado en paro y necesito irme de la ciudad para volver a mi pueblo. El contrato es de un año, se prorroga automáticamente al cumplirse el plazo y ya tengo a un sustituto de confianza que quiere quedarse para entrar en julio.
¿Puedo hacerlo o mi casera me pondrá pegas? Y si no pudiera ser, ¿podría dejarlo en agosto avisándola con un mes de antelación? En cualquier caso, ¿debo avisarla y/o rescindirlo por escrito? ¿Cómo?
Muchas gracias.
1.- El casero, salvo pacto en contrario, tiene facultad para decidir si admite o no esa sustitución de inquilinos.
2.- En agosto le quedarían cuatro meses por cumplir según sus propias palabras con lo cual tendrá que indemnizar al casero.
3.- Ya tenía que haber notificado por escrito esa intención de sustituir: Todos los acuerdos, notificaciones y reclamaciones en el arrendamiento deben constar por escrito. “Las palabras se las lleva el viento”
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