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El inquilino tiene toda mi confianza, y un mes de fianza no me soluciona nada.
Si usteed no deposita la cantidad equivalente a una mensulidad de renta en el organismo correspondiente puede enfrentarse a una sancion economica, la Lau es clara en este sentido.
Artículo 36. Fianza.
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda
La fianza es obligatorio ingresarla en el organismo competente en materia de vivienda de su comunidad autónoma, por ley.
si no quiere pedírsela no hay problema, pero deberá ingresar esa cantidad en dicho organismo.
un saludo