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Tengo entendido que el arrendador (propietario) se puede deducir este gasto cuando hace la declaración.
Tu las únicasd cargas que tienes son las que detalla el contrato. Por ejemplo, la basura es un impuesto que corresponde al que las utiliza, sin embargo si el contrato de alquiler no lo recoje, lo paga el casero.
aplicando la lógica, yo creo que es algo que se debe de negociar antes de firmar el contato y si ya esta firmado y no pone nada, entonces debe de pagarlo la propiedad.
Repito, aplico la lógica, porque es algo que no he visto en la LAU
El paso de aceras es un impuesto que recoje el desgaste de la acera para el acceso de vehículos a un garaje. No llega a ser un vado, exactamente lo llaman (en Aranjuez) "Aprovechamiento espacial del dominio público por la entrada de vehículos a través de las aceras".