Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Juan25

casero/a

¿Es legal renunciar al derecho de tanteo y retracto?

Hace 2 años alquile un piso a unos arrendatarios.

El contrato me lo hizo un abogado y en el ponia que los inquilinos renunciaban al derecho de tanteo y retracto.

Hoy he vendido ese piso a un comprador que le interesaba quedarse los inquilinos, pero ahora ellos me dicen que querian el piso tambien.

Como habia esa clausula ni siquiera les comente que se vendia.

Tienen derecho a tirar la venta atras ? O anularla ?

Ellos renunciaron a ese derecho, es legal eso ?

Las condiciones del contrato son las mismas, pero no quieren firmarlo. Deberia simplemente notiicarles que se ha vendido ?

  • Preguntado por: Juan25
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Juan,

    Ofrecele algo más de dinero, porque puede ejercer su derecho y lo ejercerá sobre el dinero que figura en escritura. Así que tienes un problema, mira vas a saber en que emplear parte del dinero negro.

    saludos

    oscar

     

  • Alek

    inquilino/a

    Y yo espero que tu inquilino pasa por el foro y pide consejo a la comunidad, que tenga el dinero y que ponga el asunto en las manos de algún letrado de la comunidad y ya veras que bien.   vaya!

     

     

    • Respondido por: Alek
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Yo no veo ninguna situación grave como le dice PHOLMO.

    Veo que ha vendido una propiedad, con una cláusula nula ya que va contra los intereses del inquilino, y que estos van ( y espero fervorosamente que lo hagan) a ejercer sus derechos, que son el tanteo y retracto.

    También veo que, para defraudar a hacienda, pagar menos impuestos, etc..., que según la Constitución Española es obligación para todos los españoles, ha recibido un dinero no declarado, lo que va contra mis derechos, y perjudica a los derechos de otras personas, y que gracias a cosas como esta están las arcas vacías ( sí, sé que hay muchas otras cosas, pero no nos podemos quejar de que los politicos "roban" si lo hacemos nosotros). Esta vez le ha salido mal la jugada, cosa que acostumbra a pasar un día u otro..... y personalmente me alegro.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Juan25

    casero/a

    en el caso de que el inquilino firme un nuevo contrato de alquiler con el nuevo propietario, se soluciona todo el problema y ya no podria hacer uso de tanteo y retracto ?

    • Respondido por: Juan25
    • Hace 12 años
  • Juan25

    casero/a

    Con el comprador llegamos al acuerdo de no comentarlo, figura como libre de arrendamientos.

     

     

    • Respondido por: Juan25
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    ¿Comunicó al Notario que la vivienda estaba alquilada?

    lo siento pero tiene una situación grave si el inquilino ejerce el retracto por el precio escriturado.

    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    llame al 807 520 008  Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    Descargue mi Diccionario Jurídico del Alquiler

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Juan25

    casero/a

    El contrato es de 5 años.

    no notifique al inquilino.

    en el contrato ponia que si se vendia el piso el inquilino aceptaba irse recibiendo 3000 de indemnizacion. Seria suficiente con esto?

    he recibido dinero en negro.

     

    • Respondido por: Juan25
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Al otorgar su escritura pública de compraventa el Notario notificar´´a esa venta al inquilino, salvo que la renuncia al tanteo y retracto haya sido válida, si no es así el inquilino tiene treinta  Días naturales para ejecer el derecho d eretarcto pagando o consignado el precio de venta qu efigure en le escritura.

    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    llame al 807 520 008  Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    Descargue mi Diccionario Jurídico del Alquiler

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola Juan,

    Si el contrato era de duración mayor de 5 años, dicha cláusula si tiene validez, si no no tiene ninguna validez.

    juan espero que no le hayan pagado parte de la venta en negro, porque si es así, encima va a perder dinero, ya que los arrendatarios podrán comprarla por el precio que figure en la escritura de compra venta, y aún así.

    y digo yo, si le pago al abogado, alguna responsabilidad le podrá pedir nooooooo? .

    suerte

    oscar

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Uffff!

     

    Me temo que la renuncia de los derechos expresados en la lau es nula, tal y como dice la misma ley.

     

    tiene usted que leerse el articulo 25 de la ley de arrendamientos urbanos y darse cuenta de su error. Cuidado con quien les asesora para redactar contratos.

     

    la propia ley lo indica ademas claramente en el mismo articulo, la renuncia a tanteo o retracto solo es valida para contratos de mas de 5 años.

    si ese no es el caso, y realmente les da por comprar el piso, va ud a tener que dar muchas exlicaciones al nuevo propietario, en base a los gastos generados.

     

    mala idea, Juan, muy mala idea.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas