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¿Es el propietario o el inquilino quien tiene que pagar los gastos derivados de un aumento de potencia eléctrica?
Muchas gracias
De acuerdo con Arquitopo o Marta, en lo sustancial, pero no comparto que cuando abandone la vivienda sea problemático volver a contratar menor potencia, ni que por ello el propietario deba abonar la mitad del coste.
Añado que a veces el cambio de potencia entraña otra dificultad, y es la exigencia de certificar que la instalación es adecuada. Entiendo que en este caso, si la potencia que el inquilino desea es razonable y necesaria para atender las necesidades normales de consumo de la vivienda, el propietario debe pagar tanto la certificación como la adecuación de la instalación si fuese necesario realizarla.
Yo entiendo que cuando se mudaron tus inquilinos tenía una potencia la vivienda conforme a los electrodomesticos que tenían en ese momento.
Un aumento de la potencia suele ser porque han añadido alguna cosa más, como un lavavajillas o un aire acondicionado, que son cosas que el inquilino pone porque quiere más comodidades en el piso.
Por eso yo opino que lo tiene que pagar el inquilino, porque lo aumenta él porque quiere, no por necesidad.
Otra cosa es que el cuando se vaya no va a poder bajar la potencia, con lo que podrías llegar al acuerdo de pagar la mitad como mucho, ya que eso se queda en el piso
La ley dice que los gastos por servicios que se individualicen mediante contadores serán por cuenta del arrendatario.
Yo entiendo que la potencia contratada es decisión del inquilino, que puede adaptarla a sus necesidades. En todo caso, si el contrato está a nombre del inquilino, debería sin ninguna duda hacerse cargo de dicho gasto.